Colegio de Registradores. La Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario, ya en vigor, impulsa el Registro de Condiciones Generales de la Contratación como instrumento al servicio de prestamistas y prestatarios para incrementar la transparencia y la seguridad jurídica en la contratación de préstamos y créditos hipotecarios.

Será obligatorio por parte de los prestamistas el depósito en el Registro de Condiciones Generales de la Contratación de los modelos y formularios de los préstamos y créditos hipotecarios con anterioridad a su comercialización. También deberán remitirse al Registro de Condiciones Generales de la Contratación, obligatoriamente y para su inscripción, las ejecutorias que recojan sentencias firmes dictadas en acciones colectivas o individuales por las que se declare la nulidad, cesación o retractación de condiciones generales abusivas.

Cualquier ciudadano podrá acceder, sin ningún coste, al Registro de Condiciones Generales de la Contratación para consultar los modelos y formularios depositados. El acceso será telemático. Si el depósito es de un modelo tendrá asignado un número de identificador único para facilitar su consulta. En la web de consulta del Registro de Condiciones Generales de la Contratación se ha implementado una búsqueda por Código de Identificador Único del Depósito.

A las escrituras otorgadas a partir de hoy se les exigirá el cumplimiento de la nueva Ley. Por el contrario, a las escrituras otorgadas antes del 17 de junio pero no presentadas aún en el Registro, no se les aplicará la nueva normativa.

Desde el Colegio de Registradores existe la decidida voluntad de colaborar con todos los agentes involucrados en la aplicación de esta ley.

El Colegio de Registradores inicia hoy una campaña en redes sociales para dar a conocer al ciudadano las principales novedades de la ley de contratos de crédito inmobiliario.

FUENTE: Noticias Jurídicas