Malestar entre las principales asociaciones de abogados que representan a las víctimas de accidente de tráfico ante la propuesta del Gobierno, incluida en la disposición final segunda del Anteproyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia, de que las indemnizaciones que reciben las víctimas de accidentes de tráfico tributen en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

El texto del anteproyecto, firmado por el anterior titular del Ministerio de Justicia, Juan Carlos Campo, fue aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 15 de diciembre.Abogados de víctimas de tráfico denuncian que un cambio del convenio de asistencia sanitaria limitaría la cobertura al 77% de los afectados

Realiza una importante modificación de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que no tiene en consideración el grave impacto económico que supondría para estas víctimas, para los perjudicados en caso de fallecimiento e incluso para las aseguradoras.

La noticia ha corrido como un reguero de pólvora, ANAVA-RC, la Asociación Nacional Abogados de Víctimas de Accidentes y Responsabilidad Civil, ha enviado sendos escritos de queja al secretario General Técnico del Ministerio de Justicia, Jacobo Fernández, y al director General de Seguros, Sergio Álvarez, manifestándole su radical oposición a la proposición de reforma legal.about:blank

Su puesta en marcha causaría un daño irreparable a las víctimas de accidentes de tráfico y muy especialmente a los lesionados graves. El propio sector asegurador, empresas, abogados y el propio fiscal de sala Bartolomé Vargas se habrían enterado tras esta marejada. No han sido consultados.

A estas alturas, tanto ANAVA-RC como la Asociación de Abogados de Víctimas de Responsabilidad Civil (ADEVI), la otra gran asociación de abogados que representan a este colectivo, ya estudian medidas conjuntas para frenar esta iniciativa. Hasta ahora nunca habían tributado las indemnizaciones de los accidentados por siniestros de tráfico.

Para Manuel Castellanos, presidente de ANAVA-RC, dicha propuesta “no tiene en cuenta que los perjudicados o víctimas en accidentes de circulación lamentablemente sufren unos perjuicios personales y patrimoniales en el momento en el que sufren un accidente de circulación por culpa de un tercero”

También nos aclara que  “lo que  pretende la indemnización es precisamente compensar esa disminución patrimonial con la restitución íntegra de los daños y perjuicios sufridos, dejando a la víctima, en la medida de las posibilidades de la norma vigente (artículo 33 de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre), en la misma posición que estaba antes de tener el accidente”.

Desde esa perspectiva, destaca que “desde el punto de vista fiscal, las indemnizaciones nunca se han considerado como un incremento de patrimonio  si no una compensación de las disminuciones sufridas a consecuencia del accidente”, asegura Castellanos.

Para estos juristas la propuesta de reforma incurre en una grave confusión en la terminología legal de la Ley, que por vía de Disposición Adicional, pretende reformar, por lo que debe quedar claro que la exención de impuestos debe aplicarse a todos los perjuicios.

Esos perjuicios serían tanto extrapatrimoniales (los daños morales) como patrimoniales. Estos ciudadanos más vulnerables son perjudicados por la culpa o negligencia de un tercero que les provoca un daño corporal que debe ser resarcido en su totalidad y se verían totalmente afectados en el supuesto que sea aprobada la mencionada disposición.about:blank

Este jurista señala que el daño que hay en un accidente es en un doble sentido, “personal, lesiones y patrimonial, en cuanto a daños y lucro cesante. Pero no tiene beneficios, solo se compensa una pérdida que tuvo. Esta reforma fiscal es importante y va contra el espíritu del artículo 33 del baremo de tráfico que establece como principio la total restitución de la víctima. Si le quitase un porcentaje, aun por determinar, no se resarciría totalmente”.

En esa reforma se indica que “solo no tributarán aquellas indemnizaciones que sean declaradas en sentencia judicial. Esto puede abrir la puerta a fraudes procesales y a evitar acuerdos amistosos con la compañía aseguradora del contrario. Al final se van a multiplicar por mil los procedimientos judiciales para evitar la tributación que ahora se plantea”.

ATENTADO CONTRA EL PRINCIPIO DE INDEMNIDAD

Daniel Vosseler, abogado de víctimas de accidentes de tráfico, cree que esta propuesta “puede considerarse como un atentado a la indemnidad del daño. Por  el momento las indemnizaciones están exentos de tributar. Otra cuestión seria los intereses de demora del artículo 20 de la Ley del Seguro, donde sí se podría hablar de cierto enriquecimiento patrimonial”.

Para este jurista, “realmente no hay enriquecimiento patrimonial. No deberían gravarse. Y en el caso que hubiera que gravar algún tipo de impuesto o cualquier tipo de tributo que siempre se haga a cargo de la aseguradora, nunca de la parte de más débil que es la víctima del accidente”.

Es partidario de juzgados especializados en accidentes de tráfico para resolver esta problemática. «No se puede estar de cinco a diez años para resolver estos temas y accidentes de trabajo. Debería haber juzgados específicos y jueces especializados, este tipo de normativa que evitará la desprotección de las víctimas de tráfico”.about:blank

En su opinión, “al igual que hay un Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación (SMAC) laboral, debería crearse otra entidad parecida en el ámbito asegurador que ayudase a resolver los asuntos por vía amistosa. Eso descongestionaría los tribunales y tendríamos una gran celeridad de este tipo de expedientes. Pero parece que las compañías de seguro no están por la labor, realmente”.

Para este jurista esa desprotección se observa en la burocracia ahora en marcha que no es muy práctica. “A efectos prácticos suelen decir las compañías de seguro que no son responsables del accidente y no hay una relación causal entre el daño y el siniestro, se da por cumplimentada la oferta motivada. Eso genera que la víctima tenga que ir a un procedimiento judicial largo en el que al final muchos aceptan indemnizaciones escasas”.

A juicio de este experto, “esta reforma del baremo de tráfico, con un nuevo sistema de valoración que al final beneficia es a las compañías de seguros. La realidad nos dice que ante los grandes siniestros las compañías de seguros tienen capacidad de demorar el pago de esas lesiones ante una resolución judicial firme”.

Sobre esta posibilidad que dichas indemnizaciones tributen por IRPF, Vosseler cree que «es de una gran insensibilidad  hacia a las víctimas. No hay ningún tipo de enriquecimiento y se ataca como dije antes al principio de indemnidad del daño. Una compensación por los daños personales sufridos no debería tributar. Creo que el mundo asociativo va a hacer todo lo posible para frenar esta medida que es injusta a todas luces”.

ADEVI, PREOCUPADA

Por su parte, Alberto Salas, nuevo presidente de la Asociación de Abogados de Víctimas de Responsabilidad Civil (ADEVI) desde finales de noviembre tras la dimisión de Manuel Temboury por motivos personales, señala que  “este tema puede hacer mucho daño a las víctimas” .

“No se debe tributar por una compensación de un daño. No hay mejora de sus condiciones. Lo que establece la ley es una compensación, tanto del daño personal moral y patrimonial. Si se tributa por algo de este tipo, al final no se restituye el daño y genera perjuicio a las víctimas”, comenta.

Este jurista reconoce que ha sabido de esta propuesta de reforma del Gobierno casi por casualidad, “estamos hablando de una disposición adicional del anteproyecto de una ley de eficiencia procesal. Si la reforma cuajase se judicializarían los asuntos porque solo se admitan las indemnizaciones con sentencia y eso generará más pleitos en los juzgados”.

“Creo que esta iniciativa no se ha valorado bien. La propia redacción de la disposición no es clara. Nosotros desde ADEVI nos vamos a oponer a este tema y  hacer publico  nuestro descontento porque perjudica a las víctimas”.

Este jurista señala que hay un frente común con ANAVA-RC y Adaviar, de corte autonómico en Cataluña. “En la reunión del próximo jueves 13 fijaremos la postura a tomar desde un punto de vista común. Hemos puesto el tema en conocimiento del fiscal de Tráfico Bartolomé Vargas y contactado con UNESPA para ver reacciones. Creo que hay que frenar este tipo de iniciativas, porque realmente las víctimas no tienen incremento patrimonial, solo se resarcen sus daños”.

El nuevo presidente de ADEVI cree que es inadmisible que el Ministerio de Hacienda quiera hacer una reforma del IRPF por la puerta de atrás, sin consultar al sector asegurador, cuestión que no están dispuestos a permitir.

“Dentro de unos días habrá que actualizar las indemnizaciones del baremo de tráfico, conforme al índice de pensiones, así lo dice el artículo 49 de la Ley 39/2015. La idea es que el incremento sea del 2.5% para las cuantías, salvo para las de lucro cesante que no se actualizan van en función de la cantidad general, es proporcional”, destaca.

FUENTE: Confilegal (Luis Javier Sánchez)