La UMA decide eliminar la convocatoria para cubrir estos puestos de ayudante doctor para evitar que la oferta quede bloqueada hasta que resuelva la Justicia .

¿Cómo le perjudica una discapacidad del 33% en una pierna a un candidato a ayudante contratado doctor para acceder a una plaza en la universidad? ¿Tuvo Stephen Hawking algún tipo de discriminación positiva en su carrera académica hasta llegar a dirigir un instituto de investigación en Cambridge? Da igual. La ley es la ley y la andaluza de Derechos y Atención a las Personas con Discapacidad deja claro que, en las convocatorias de empleo público, hay que reservar un 10% de plazas para ellos. Eso incluye las universidades y las áreas de conocimiento y todas las discapacidades. La Universidad de Málaga reservó un 7% en la convocatoria de 127 plazas de profesor ayudante doctor y un aspirante de Telecomunicaciones, con una discapacidad en una pierna, recurrió. El juez admitió el recurso y fijó el juicio para julio de 2020. Esta semana, la Universidad ha decidido anular la convocatoria y volver a empezar. El futuro laboral de mil aspirantes, en el aire. También el del recurrente.

«Sería deseable que todas las universidades andaluzas tuvieran el mismo criterio sobre cómo aplicar esta ley», dice Yolanda García Calvente, vicerrectora de Recursos Humanos de la UMA, la universidad que está viendo cómo ser pionera en la aplicación de esta ley de 2017, que favorece más que la nacional la incorporación de personas con discapacidad, le ha salido mal, pese a las mejores intenciones. No fue fácil hacer la convocatoria con ese criterio de reserva de discapacitados. Es más, según fuentes sindicales consultadas, la universidad se propuso ser ejemplar, porque otras no lo habían hecho. Esas otras tuvieron la suerte de que no había un candidato con discapacidad descontento con la oferta de plazas en su área, como pasó en Málaga. De hecho, en total, entre los mil solicitantes, sólo dos han acreditado tener alguna discapacidad, según fuentes de la universidad.

Eduardo Martín Serrano y Victoriano González han sido los abogados del recurrente: «La ley es clara», explican. Y lo es en su artículo 28: «…la reserva de plazas en las ofertas de empleo público y en las bolsas de trabajo temporal de un cupo no inferior al 10% de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad, reservando dentro del mismo un porcentaje específico del 2% para personas con discapacidad intelectual y un 1% para personas con enfermedad mental que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33%; siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas». Y ven sentido que los discapacitados cuenten con ventaja en estas convocatorias, pese a que su labor profesional no se vea afectada por la lesión o enfermedad, como puede ser el caso de un profesor de Telecomunicaciones con una pierna de movilidad más reducida. «Se trata de compensar por lo que han pasado estas personas durante toda su vida», explica Victoriano González.

Los abogados critican que la UMA decidiera en qué áreas de conocimiento había cuotas para discapacitados, no admiten esa «discrecionalidad». Lo idóneo, en su opinión, es que no hubiera cuota y que los discapacitados optaran a cualquier plaza y, una vez acreditados sus méritos e idoneidad, se les reconociera como un plus su discapacidad para el puesto en juego. En la convocatoria anulada, los puestos de reserva iban en las áreas donde se habían convocado cinco o más plazas. No era el caso del área en la que trabaja el demandante. «La universidad no razona ni explica qué criterios sigue para esa provisión de plazas y en esas áreas», dicen los abogados.

Yolanda García Calvente está de acuerdo con los abogados sobre lo que exige la ley y espera ahora el escrito del juez en el que se dé por enterado de que no hay caso judicial en la medida en la que se ha anulado la convocatoria. La Universidad, después de consultar a expertos en igualdad, en discapacidad, de negociar con los sindicatos, llegó a la conclusión de que ese 10% se podía satisfacer en la «oferta» global de plazas de empleo público, por lo que el 3% restante hasta llegar al 10% podría haberse completado en otra convocatoria de cualquier otra figura a contratar. Y eso justo fue lo que atacó el demandante en su recurso: en su opinión, el 10% era para cada convocatoria. «Pero hemos decidido, por el bien general, que no conviene esperar más de un año a ver lo que dice el juez», explica la responsable universitaria, de ahí la decisión de anular la convocatoria.En cuanto llegue el escrito del juez dando por cerrado el caso, la UMA se pondrá a redactar otra nueva en la que se contemple ese 10% de reserva. Mientras, se ha seguido contratando a profesores interinos y una cantidad de los aspirantes de fuera de Málaga está a la espera de poder optar a esas plazas de entrada a la carrera académica.

MÉRITO Y CAPACIDAD

La dificultad de aplicación de la ley está en conjugar la reserva de plazas y en velar por los principios de mérito y de capacidad. De hecho, la vicerrectora señala a esa obligatoriedad de reserva del 2% de discapacidad intelectual como uno de los ejemplos de hasta dónde puede llegar la dificultad de aplicar la norma en una universidad.

César Gómez Lahoz, profesor de Química y representante de CCOO del personal docente investigador (PDI) cuenta que el sindicato, a nivel andaluz, elaboró una propuesta para la aplicación de la ley que contemplaba el aumento de un 10% de las plazas a las inicialmente solicitadas como necesarias por los departamentos: «Pero obviamente es algo que tienen que hacer todas las universidades», explica. El documento quedó en la mesa del anterior equipo de universidades de la Junta de Andalucía.

«A igualdad de méritos, el discapacitado elige el área«, insisten los abogados sobre la fórmula más idónea. No lo ven tan sencillo en CCOO, sindicato que vio bien la oferta de la UMA, lo mismo que UGT y que Csif: «La complejidad es enorme», señala el representante. Según el sindicato, la idea más sensata es una doble vuelta en el concurso, de tal manera que los discapacitados que acrediten el mérito y capacidad puedan optar a ese 10% de más provisionado en la convocatoria. «Si la Junta quiere implantar esta ley, es excesivo que lo haga a coste cero. Tiene que provisionar un coste adicional», explica César Gómez.

«Lo que está claro es que hay que cumplir la ley», añade el profesor de Química. El cómo es lo delicado.

Abogados consultados explican que, hace años, la tarjeta para los parking reservados a discapacitados se daban a cualquiera que acreditara tener más de un 33% de discapacidad pero que finalmente se vio claro que era injusto tratar igual a los que tenían su movilidad reducida que a los que no. Apuntan a la posibilidad de que la ley tenga un posterior desarrollo que quizás perfile mejor qué discapacidades suponen un obstáculo claro en la carrera docente e investigadora y merezcan, por ello, ser compensadas de alguna manera. Mientras, la ley es la ley.

FUENTE: El Mundo (Berta González de Vega)