La sentencia considera probado que fue el diagnóstico erróneo en la pública lo que motivó el agravamiento de su dolencia

Un juzgado de lo social ha condenado a un servicio regional de Salud a pagar 96.300 euros por los gastos médicos de un hombre en tratamiento oncológico que perdió un ojo por error de diagnóstico y que tuvo que acudir a la sanidad privada.

El enfermo, de 70 años, acudió en julio de 2013 a su médico de familia, aquejado de dolores y pinchazos en la zona de la ceja izquierda. Tras veinte visitas a los servicios médicos –primero en su centro de salud y luego en el Hospital– la enfermedad avanzó pasando de ser una simple mancha roja a una erupción e inflamación notoria.

En ese momento, el enfermo ya no tenía solo una mancha roja, sino que presentaba “visión doble (…), alteración sensitiva en la región frontal izquierda, inicialmente como disestesias y posteriormente hipoestesia en la misma región, y cefalea frontal izquierda y retrocular”, según recoge la sentencia.

El auto considera probado que diagnóstico que recibió entonces, síndrome de Tolosa hunt/pseudotumor orbitario inflamatorio fue erróneo, “lo que conllevó un tratamiento ineficaz y permitió que avanzara la enfermedad”.

En enero de 2014, el paciente acudió a la Clínica Ruber de Madrid, donde se le realizó una biopsia y le informaron de que padecía un carcinoma epidermoide que requería una intervención quirúrgica urgente que conllevó que le tuviesen que extraer un ojo.

La sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia, fundamenta el pago de la indemnización en “la prolongación en el tiempo de sufrimientos intolerables del enfermo por la asistencia recibida en la sanidad pública”.

 

Fuente: Redacción Médica